PLAN MOVEA 2017- AYUDAS ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS DE ENERGÍAS ALTERNATIVAS/PUNTOS DE RECARGA

A través del Real Decreto 617/2017, de 16 de junio, el gobierno ha publicado en el BOE de 23 de junio el Plan conocido como MOVEA 2017incentivos para la adquisición en España de vehículos con energías alternativas a los combustibles tradicionales, así como para la concesión de ayudas para la implantación en España de puntos de recarga para vehículos eléctricos en zonas de acceso público, fomentando con ello la sostenibilidad en el sector del transporte, la disminución de las emisiones de CO2 y otros contaminantes, la mitigación del cambio climático y la mejora de calidad del aire del país, así como la diversificación de las fuentes energéticas en el transporte y la consiguiente reducción de la dependencia energética del petróleo.

El Plan MOVEA 2017 cuenta con un presupuesto de 14,26 millones de euros a repartir entre todos los que compren un vehículo eficiente. La cantidad a descontar depende del tipo de vehículo y oscila entre los 500 euros que se descuentan para los turismos, hasta los 18.000 euros para la compra de autobuses y camiones.
 
Para las categorías M1 (turismos), la ayuda seguirá siendo de 5.500 euros si la compra la realiza un particular, autónomo, Entidad Local o Comunidad Autónoma. En el caso de Pymes o grandes empresas, la cuantía será de 4.300 y 3.200 euros respectivamente.
 
El punto de venta seguirá haciéndose cargo de hasta 1.000 euros de ayuda para la instalación del punto de carga en el domicilio del comprador.
 
El plan contempla la ayuda para un sólo vehículo por beneficiario en el caso de personas físicas y de 35 vehículos para empresas. En el caso de motocicletas, esta cantidad podrá llegar a 50 unidades.
 
Las subvenciones serán incompatibles con otras ayudas de las Comunidades Autónomas o de Entidades Locales.
 
Los puntos de venta podrán obtener ayuda para los vehículos matriculados con hasta 9 meses de antigüedad.
 
Los remanentes de cada categoría podrán ser reasignados por el Ministerio a partir del 1 de septiembre de 2017
 
El importe total de las ayudas a conceder se distribuirá de la siguiente manera:
 
a) Vehículos eléctricos.
 
i. Turismos (M1), cuadriciclos ligeros (L6e) y pesados (L7e), vehículos de pila de combustible: 6.270.000 euros.
 
ii. Autobuses o autocares (M2, M3), furgonetas, furgones, camiones ligeros y camiones (N1, N2, N3): 3.390.000 euros.
 
iii. Motocicletas (L3e, L4e, L5e): 430.000 euros.
 
b) Vehículos propulsados por Gas Natural (GNC, GNL, bifuel):
 
i. Turismos (M1) y furgonetas (N1): 600.000 euros.
 
ii. Autobuses o autocares (M2, M3), furgones, camiones ligeros y camiones (N2, N3): 1.635.000 euros.
 
c) Vehículos propulsados por Gas licuado del petróleo (GLP, bifuel):1.375.000 euros.
 
d) Instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos:
 
i. Convencional: 45.000 euros.
 
ii. Semirrápida: 85.000 euros.
 
iii. Rápida: 430.000 euros.
 
Entre medias quedan los microbuses y camionetas para los que las ayudan están fijadas en 5.000 euros y las motocicletas que disfrutarán de un descuento de entre 1.200 y 1.500 euros.
 
Quedan, por tanto, fuera del plan de ayudas los vehículos de combustión (movidos por gasóleo o gasolina) que eran los que mientras estuvo en vigor premiaba el Plan PIVE.
 
Novedades del Plan MOVEA 2017
 
Además de la reducción de la cantidad, el nuevo Plan MOVEA trae consigo algunos cambios con respecto a ediciones anteriores:
 

  • Se elimina el régimen minimis que imponía un tope de operaciones a las empresa; pero ahora no se permite sumar la ayuda del MOVEA a otras subvenciones regionales o locales, salvo que sean ayudas a la instalación de puntos de recarga.

 

  • Se da un plazo máximo de 10 días para documentar la reserva del vehículo; el plan anterior dejaba pasar hasta 150 días.
  • Ahora pueden acceder a las ayudas los vehículos eléctricos de hasta nueve meses de antigüedad desde la primera matriculación, en lugar de los seis del año pasado. Esto se aplica a los vehículos propiedad de un concesionario, punto de venta, fabricante o importador que lo haya adquirido como nuevo.
  • Se incorpora una subvención de 1.000 euros para puntos de recarga públicos de entre 7 y 15 kW de potencia, que se añaden a las subvenciones de los de carga rápida y semirápida.

Trámites:
El potencial beneficiario o interesado se dirigirá a un punto de venta adherido al Plan MOVEA y elegirá cualquiera de los vehículos que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 4 del RD 617/2017. El punto de venta de vehículos, con su usuario y contraseña de acceso que le identifican como adherido al Plan MOVEA, podrá comprobar, en tiempo real a través de la aplicación informática creada al efecto, el volumen de fondos disponible en el programa y efectuar, en su caso, la reserva de presupuesto para la correspondiente solicitud de ayuda.
 
El punto de venta de vehículos adherido al programa deberá ofertar el precio del vehículo, aplicando sobre la factura los descuentos correspondientes a la ayuda recogidos en su correspondiente ficha de solicitud, así como otros descuentos adicionales que fueran de aplicación, tal y como se detalla en el artículo 11.1.k) RD 617/2017
 
Previamente a efectuar la venta del vehículo al potencial beneficiario, el punto de venta adherido deberá verificar que el comprador o solicitante de la ayuda es un sujeto que cumple los requisitos establecidos en el artículo 3 RD 617/2017. En el caso de operaciones de renting, será el arrendatario del vehículo a adquirir por la empresa de renting, como beneficiario de la ayuda, el que tenga que cumplir tales requisitos.
 
Puede consultar la publicación en BOE:
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2017-7165


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