Anulación de resoluciones denegatorias de subvenciones basadas en la falta de atribuciones profesionales de los Ingenieros Técnicos Industriales para la elaboración de Informes de Evaluación de Edificios.

Para vuestra información, ponemos en conocimiento auto de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que viene a inadmitir dos recursos de casación presentados contra la sentencia de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional cuyo fallo anuló 5 resoluciones del Instituto Gallego de Vivienda y Suelo denegatorias de subvenciones, basándose en que los Informes de Evaluación del Edificio iban suscritos por una compañera Ingeniera Técnica Industrial.

El Tribunal Supremo hace firme la Sentencia de la Audiencia Nacional y el Instituto Gallego de Vivienda y Suelo tendrá que anular las resoluciones denegatorias de subvenciones basadas en la alegada falta de atribuciones profesionales de la Ingeniera Técnica Industrial. La importancia de la sentencia radica en que la propia Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, más allá de sus habituales informes, asumió la representación de 5 Comunidades de Propietarios y elevó recurso ante la Audiencia Nacional.

Se adjuntan:

Sentencia AUDIENCIA NACIONAL IEE.pdf

Auto TRIBUNAL SUPREMO IEE.pdf

 


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