Real Decreto de medidas urgentes para el impulso de la competitividad económica en el sector de la industria en España.

Publicado Real Decreto de medidas urgentes para el impulso de la competitividad económica en el sector de la industria en España.

Instalaciones eléctricas, agua y gas, ascensores, térmicas, frigoríficas, Seguridad industrial. Carnets de instaladores

Mediante la publicación del Real Decreto-ley 20/2018, de 07-12-2018, se abordan aspectos que afectan a la competitividad del sector industrial y tiene como objetivo es fomentar la competitividad del sector industrial a través de acciones como la mejora de la productividad laboral, la reducción del coste energético o el refuerzo de la seguridad industrial.

En materia de industria, destacan los siguientes aspectos:

Régimen sancionador y multas en el ámbito de la seguridad industrial

Se modifica la Ley 21/1992, de industria en cuanto al régimen sancionador de homologación de vehículos, a fin de estar en condiciones de adaptar las reglamentaciones estatal y autonómica al marco comunitario de reglamentos en materia de homologación y vigilancia del mercado de los vehículos de motor y sus remolques y de los sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos.

Se refuerza la supervisión y control del sistema de homologación europeo y se imponen obligaciones estrictas en cuanto a la vigilancia de los productos comercializados en el mercado.

Instalaciones Frigoríficas

El Reglamento de Seguridad para instalaciones Frigoríficas impone una serie de requisitos administrativos que hacen que, en la práctica, el coste de una instalación con gas refrigerante de categoría 2-L sea inviable. Para evitar esta traba, se ha iniciado una reforma reglamentaria, pero mientras se concluye, es urgente llevar a cabo una actuación de carácter transitorio que elimine unos trámites y requisitos tan exigentes como los actuales (sin comprometer la seguridad), de modo que los fabricantes obtengan la certeza jurídica sobre la aceptación en España de estos equipos frigoríficos, hasta que se apruebe el nuevo Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas (RSIF) y sus ITCs.

Redes de distribución de energía eléctrica cerradas:

El Real Decreto Ley establece los principios básicos que deben regir la constitución y autorización de estas redes, y fija un plazo máximo de 6 meses para que el Gobierno desarrolle el reglamento que recoja el procedimiento y los requisitos que deben cumplirse para el otorgamiento de la autorización administrativa, de acuerdo con los principios de sostenibilidad económica y financiera del sistema, eficiencia energética y transición justa.

Estatuto de Consumidores Electrointensivos

El Real Decreto prevé la figura del Consumidor Electrointensiu y da un mandato al Gobierno para que, en el plazo de 6 meses, elabore y apruebe un Estatuto que reconozca las particularidades de aquellos consumidores con un elevado uso de la electricidad, un elevado consumo en horas de baja demanda eléctrica y una curva de consumo estable y predecible, y recoja sus derechos y obligaciones en relación a su participación en el sistema y los mercados de electricidad.

Para estas empresas el precio de la electricidad es uno de los principales factores de producción y con el presente Estatuto podrán mantener competitividad y cuota de mercado.

La creación y regulación de esta figura permitirá proporcionar a estos consumidores de escenarios predecibles para sus costes energéticos, reduciendo la volatilidad inherente a los mercados energéticos globales y dotando de seguridad a las inversiones industriales.

Cogeneración

En la disposición transitoria 3ª establece que las instalaciones de cogeneración que utilicen combustibles renovables o gas natural y que hayan superado su vida útil reguladora con fecha posterior al 01-01-2018 podrán percibir el término de retribución a la operación correspondiente a su instalación tipo por la energía que produzcan hasta un periodo máximo de 2 años.

Descargar Real Decreto 20/2018


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