⚙️ PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
La protección frente a determinadas exposiciones laborales incorpora nuevas exigencias que afectan a la evaluación de riesgos, los procedimientos de trabajo y el control de la exposición. Los Reales Decretos 846/2026 y 847/2026, de 21 de octubre, publicados en el BOE del 23 de octubre de 2026, actualizan la regulación del plomo, los diisocianatos y el amianto. Para su aplicación resulta esencial distinguir las obligaciones ya vigentes de los valores y métodos sujetos a periodos transitorios.
🛠️ Una revisión que conecta instalaciones y prevención
Para la ingeniería técnica industrial, estos cambios aconsejan revisar conjuntamente los procesos, las condiciones de mantenimiento y la planificación preventiva. Conviene comprobar qué materiales y productos están presentes, cómo se utilizan y qué información necesita el servicio de prevención para valorar la exposición real de las personas trabajadoras.
🏭 Amianto: menor exposición y control de los trabajos
El Real Decreto 847/2026 sustituye al Real Decreto 396/2006. Fija un límite ambiental de exposición diaria de 0,01 fibras/cm³, referido a una media ponderada de ocho horas.
Refuerza la identificación previa de materiales, la formación y las pruebas de ajuste de la protección respiratoria. Reconoce, dentro de la jornada, al menos diez minutos de aseo antes de cada comida y otros diez antes de abandonar el trabajo.
🔬 Transición en las mediciones. Hasta el 20 de diciembre de 2029 se permite la microscopía óptica de contraste de fases u otros métodos equivalentes, bajo las condiciones transitorias. La microscopía electrónica debe interpretarse con este calendario.
La comunicación de inicio exige, como regla general, siete días hábiles de antelación, con excepciones reguladas para trabajos no programables. Este trámite debe distinguirse de la aprobación del plan de trabajo.
Las empresas ya inscritas en el RERA deben solicitar la renovación en seis meses desde la entrada en vigor.
📄 Consultar el Real Decreto 847/2026
🧪 Plomo y diisocianatos: valores y calendario de aplicación
El Real Decreto 846/2026 modifica los Reales Decretos 665/1997 y 374/2001. Para el plomo y sus compuestos inorgánicos, establece un límite ambiental diario de 0,03 mg/m³.
El límite biológico previsto es de 15 µg de plomo/100 ml de sangre, aunque hasta el 31 de diciembre de 2028 se aplica el valor transitorio de 30 µg/100 ml. El texto regula además la vigilancia de la salud y situaciones derivadas de exposiciones anteriores.
Para los diisocianatos, los valores se expresan como masa de los grupos funcionales NCO. El calendario distingue dos etapas:
| Periodo | Exposición diaria · 8 horas | Corta duración · 15 minutos |
|---|---|---|
| Hasta el 31 de diciembre de 2028 | 10 µg NCO/m³ | 20 µg NCO/m³ |
| Desde el 1 de enero de 2029 | 6 µg NCO/m³ | 12 µg NCO/m³ |
La regulación señala también la contribución de la exposición cutánea y la sensibilización de la piel y de las vías respiratorias.
📄 Consultar el Real Decreto 846/2026
📅 Entrada en vigor y preparación de la adaptación
Ambas disposiciones entraron en vigor, con carácter general, el 24 de octubre de 2026. Los periodos transitorios deben incorporarse a la planificación de cada empresa, identificando qué comprobaciones proceden ahora y qué cambios requieren preparación técnica, contratación de servicios o actualización documental.
🔍 Cómo trasladar los cambios al trabajo diario
Como propuesta de revisión, conviene reunir las fichas de datos de seguridad, los inventarios de materiales, las evaluaciones disponibles y los resultados de mediciones anteriores. Con esa información, la empresa y su organización preventiva pueden identificar los puestos y operaciones que necesitan una comprobación específica.
La revisión debería coordinar a producción, mantenimiento, compras y prevención. Esa colaboración facilita que los cambios se reflejen en la selección de productos y equipos, las instrucciones de trabajo, la formación y la contratación de intervenciones especializadas.