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ANDALUCÍA CORRIGE LA RESOLUCIÓN SOBRE EL REGISTRO DE TÉCNICOS COMPETENTES Y PUBLICA LOS MODELOS PARA EL RECONOCIMIENTO DE ENTIDADES DE FORMACIÓN

17 de agosto de 2026 17 visitas
ANDALUCÍA CORRIGE LA RESOLUCIÓN SOBRE EL REGISTRO DE TÉCNICOS COMPETENTES Y PUBLICA LOS MODELOS PARA EL RECONOCIMIENTO DE ENTIDADES DE FORMACIÓN

La Junta de Andalucía ha publicado en el BOJA una corrección de errores de la Resolución de 14 de julio de 2026 relativa al procedimiento de presentación de las declaraciones responsables para el ejercicio de la actividad de técnico competente en certificación de la eficiencia energética de los edificios. La modificación incorpora los Anexos I y II, omitidos en la publicación inicial, que contienen los modelos oficiales para el reconocimiento de las entidades que deseen impartir los cursos previstos en el Real Decreto 659/2025. Esta corrección tiene un carácter eminentemente administrativo y no altera las condiciones de acceso a la actividad de los Ingenieros Técnicos Industriales con atribuciones profesionales, quienes continúan estando habilitados para realizar certificados de eficiencia energética sin necesidad de cursar la formación prevista para otros perfiles.

La resolución corrige el apartado dedicado a los modelos de solicitud, indicando expresamente que el procedimiento de reconocimiento de entidades de formación deberá tramitarse mediante los Anexos I y II, presentándose toda la documentación a través de la Ventanilla Electrónica de la Junta de Andalucía.

Los anexos publicados incluyen la documentación necesaria para solicitar el reconocimiento como entidad de formación, los requisitos relativos al profesorado, programas formativos, modalidades de impartición, medios materiales y plataforma de formación, así como el modelo de otorgamiento de representación cuando resulte necesario. Todo ello desarrolla el procedimiento administrativo previsto tras la modificación introducida por el Real Decreto 659/2025, que actualizó el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

Es importante destacar que esta publicación no introduce nuevas obligaciones para los Ingenieros Técnicos Industriales con atribuciones profesionales. Tal y como aclaró recientemente el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), estos profesionales ya tienen la condición de técnicos competentes para la emisión de certificados de eficiencia energética de edificios y, por tanto, no necesitan realizar los nuevos cursos de conocimientos básicos, específicos y administrativos regulados por el Real Decreto 659/2025.

En consecuencia, la corrección publicada en el BOJA afecta exclusivamente al procedimiento de reconocimiento de las entidades que impartirán dichos cursos, así como a la incorporación de los formularios oficiales que no fueron publicados junto con la resolución original. No modifica las atribuciones profesionales ni el régimen de habilitación de los Ingenieros Técnicos Industriales.

Desde el Colegio se recuerda a los colegiados que la información publicada anteriormente sobre la interpretación del MITECO permanece plenamente vigente, por lo que la aparición de estos nuevos anexos no supone ningún cambio respecto a la competencia profesional de los Ingenieros Técnicos Industriales para realizar certificaciones energéticas.

https://web.ingenierosdecadiz.es/secretaria/noticias/8563-el-miteco-aclara-el-registro-de-tecnicos-competentes-para-certificados-de-eficiencia-energetica-los-ingenieros-tecnicos-industriales-con-atribuciones-no-necesitaran-cursos

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